JUICIO POLITICO

Por Malú Kikuchi
15/9/08

 
Argentina está en franco proceso de “desinstitucionalización”. Según el diccionario la palabreja no existe; desgraciadamente, según la realidad, el hecho existe.  

Las instituciones son “los órganos fundamentales del poder ciudadano de la nación”. El hecho de no tener instituciones hace que el poder del ciudadano sea casi nulo, que el concepto de nación se haya diluido y que no importe lo que suceda; porque la capacidad de asombro de los argentinos ha sido colmada y ya nada sorprende. 

      Si en cualquier país “en serio” (no como eslogan electoral), la ciudadanía recibiera información fidedigna sobre dinero ingresado por y desde una nación extranjera, como apoyo electoral o como devolución de atenciones, o coimas, o comisiones o por lo que fuera, pero siempre de manera ilegal, el gobierno de ese hipotético país en serio se habría visto en la obligación de renunciar.  

      Argentina no es un “país en serio”, en Argentina no funcionan las instituciones, los habitantes están más allá del asombro y sólo cotejan cifras, nombres, se escandalizan un poco, no demasiado, y esperan que milagrosamente algo suceda para que todo se solucione. 

      Los milagros rigen en el plano religioso, no en la política. Si los argentinos no toman conciencia de la enormidad que implica que desde Venezuela y a nivel de altos funcionarios de los dos países, se haya contrabandeado dinero para lo que fuera, Argentina está grave. 

      Los argentinos no reaccionan. Discuten si fueron US$ 800.000, o si vinieron US$ 4.200.000 en ese avión; se preguntan cuantos otros vuelos con cuantas otras valijas y qué otras cantidades habrían entrado. Más allá de los detalles, el concepto es otro: no se contrabandea dinero entre países. El hecho es ilegal. Si a esto se le suma que intervienen dos gobiernos, el hecho es doblemente ilegal, es un tema de competencia penal y políticamente es imperdonable. 

      Hechos. ENARSA, empresa gubernamental argentina, a través de su presidente Ezequiel Espinosa, contrata un avión  para ir a Caracas y volver a Buenos Aires. Lo acompañan Claudio Uberti, (OCCOVI) y Victoria Bereziuk. A la vuelta, además de la, o de las valijas, viajan los Uzcátegui, padre e hijo (PDVESA), algunos funcionarios venezolanos y el “amigo”, Guido Antonini  Wilson. 

      El 4 /8/07 aterrizan en el aeropuerto de Bs. As., en un lugar que no era el acordado y en un horario diferente al previsto. La valija que llevaba Antonini Wilson es decomisada. Todo lo demás pasa.  

      Victoria Bereziuk declara que Antonini Wilson fue a la Casa Rosada el 6/8/07. Se habría entrevistado con De Vido y Uberti. Antonini sale del país sin problemas. Uberti fue sacado del OCCOVI pero está en libertad. Lo mismo que Espinosa que sigue siendo cabeza de ENARSA. 

      Estados Unidos, por un tema de lobby no declarado en el que se viera afectado Antonini Wilson (venezolano con ciudadanía americana), inicia un juicio contra uno solo de los lobbystas, ya que los otros 3 se declaran culpables y colaboran con la acusación. 

 El gobierno Argentino no entiende que la justicia en EEUU es independiente del ejecutivo. El gobierno argentino insiste en pedir la extradición de Antonini Wilson, el mismo personaje que recibieron en la Rosada y dejaron salir tranquilamente del país, después del incidente de la valija.  

      Nadie le exige al amicísimo gobierno de Chávez que extradite a los Uzcátegui. Es más fácil decir y propalar que todo es un complot de EEUU para molestar a Argentina y Venezuela. 

      Si se prueba fehacientemente que el dinero provenía de PDVESA (petrolera estatal venezolana) y el destinatario era el gobierno argentino, para lo que fuera, las instituciones deben ponerse en marcha. Es demasiado grave para la independencia del país, es demasiado grave para la soberanía argentina. Es permitir desde el gobierno la intromisión de una nación extranjera, para financiar váyase a saber qué y a cambio de qué, todo de  manera ilegal, lo que constituye claramente la comisión de un delito.  

           La Constitución Nacional contempla el juicio político aplicable al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete, a los ministros, o a los miembros de la Corte Suprema. Los motivos pueden ser por mal desempeño de la función, o por comisión de delito. 

     El artículo 53 establece que la Cámara de Diputados, contando con las dos terceras partes de sus miembros, puede convertirse en cámara acusadora ante el Senado y pedir juicio político.  

     El artículo 59  establece que, al recibir el Senado la acusación de Diputados, los senadores deben volver a jurar. En el caso de un juicio al presidente de la nación, debe asumir la presidencia del Senado el presidente de la Corte Suprema. Para expedirse deben contar con las dos terceras partes del Senado. 

     El juicio político es una institución que aparece por primera vez en la constitución de los EEUU. Hasta entonces, el derecho anglosajón usaba el “impeachment” para casos de alta traición en tiempos monárquicos. 

     El juicio político existe porque el sistema democrático y republicano necesita equilibrio entre sus poderes y anticuerpos efectivos para que funcione ese equilibrio. El juicio político sólo puede destituir al imputado, de probarse aquello de lo que se le acusa. 

     El juicio político no es un juicio penal, es previo al mismo. Si se prueba la comisión de un delito en un juicio político, recién entonces el imputado pasa a un juicio penal.  

     Argentina no le ha hecho juicio político a ningún miembro del poder ejecutivo a lo largo de su historia. Sin embargo, existieron los juicios de residencia durante la colonia. Y ya el 25 de mayo de 1810 el Cabildo se reservaba el derecho a juzgar a cualquier miembro de la Junta. 

     En la Asamblea del año XIII se estableció la responsabilidad del ejecutivo ante el legislativo. En el Estatuto Provisorio de 1815 y en el Reglamento Provisional de 1819, se otorgaba a la Cámara de Representantes la atribución de juzgar a los miembros de los 3 poderes por traición, concusión o malversación.  Lo mismo en la constitución de 1826. 

     En el continente americano los juicios políticos no son excepcionales. En EEUU Andrew Johnson, durante 1867 soportó 2 juicios políticos de los que salió absuelto. Ya en 1974 el recordado juicio político a Richard Nixon, tema Watergate, por abuso de autoridad. Renunció antes de finalizar el juicio. En 1998, juicio a Clinton por mentir bajo juramento. Absuelto por contar con mayoría demócrata. 

     En 1992, en Brasil, juicio político a Fernando Collor de Melo, destituido. En 1993, en Venezuela, Carlos Andrés Pérez, destituido, luego juzgado penalmente y encontrado culpable. En 1997, en Ecuador, Abdalá Bucaram, destituido. En 1999, en Paraguay, Raúl Cubas Grau, renunció. 

     Ojalá que el gobierno argentino esté diciendo la verdad. Ojalá que el juicio en Miami sea sólo un circo montado exclusivamente para perjudicar a Venezuela y Argentina. ¡Ojalá!  

     De no ser así, Argentina, respetuosa de sus instituciones, obediente de la Constitución Nacional y bajo el imperio de la ley, dispone de una única solución institucional, efectiva, legal y legítima frente al problema de las valijas venezolanas. 

     El juicio político es un instrumento constitucional para salvar institucionalmente  a la República. La dignidad de la Patria, espera.

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